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Comité Académico Administrativo (CAAD)

Es la máxima autoridad de dirección académica y administrativa de la Sede de Presencia Nacional de Tumaco, y estará integrado por:

1. El Rector quien lo preside, o su delegado

2. El Director de Sede quien presidirá en ausencia del Rector o su delegado;

3. Un decano delegado del Consejo Académico;

4. El Director de la Unidad de Docencia y Formación;

5. El Director del Instituto de Estudios del Pacífico (IEP). 

            Los siguientes integrantes participarán del CAAD a partir del momento en que sea posible la designación de cada uno de ellos:

6. Un representante estudiantil elegido por los estudiantes de la Sede

7. Un representante profesoral elegido por los profesores adscritos a la Sede

8. Un egresado designado por el Comité Académico Administrativo de terna propuesta por el Director de Sede.

9. Un representante del sector social o productivo designado por el Comité Académico Administrativo de terna propuesta por el Director de Sede.

 

El Secretario de Sede ejercerá la secretaría técnica del Comité Académico Administrativo. Los representantes profesoral y estudiantil contarán cada uno con su respectivo suplente.
Los integrantes del Comité permanecerán en el ejercicio de sus funciones mientras tengan las calidades correspondientes.


Son funciones del Comité Académico Administrativo de la Sede de Presencia Nacional de Tumaco:

  •  
  • ● Propender por la integración y adaptación de la Sede a las necesidades regionales y locales y por su internacionalización.
  •  
  • ● Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos definidos a Nivel Nacional y los que, en concordancia con ellos, se adopten para la Sede. 
  •  
  • ● Participar en la formulación del Plan Global de Desarrollo y aprobar el Plan de Acción de la Sede. 
  •  
  • ● Proponer la apertura de planes de estudio y la modificación, creación y supresión de los programas curriculares que administra la Sede de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto General y sus reglamentos.
  •  
  • ● Fijar, para cada período académico, el número máximo de estudiantes que pueden admitirse en cada programa curricular aprobado para la Sede.
  •  
  • ● Decidir en primera instancia, según su competencia, los asuntos académicos y administrativos de los profesores o estudiantes.
  •  
  • ● Definir el calendario de la Sede acorde con el calendario general anual de la Universidad.  
  •  
  • ● Consolidar el proyecto de presupuesto de la Sede en armonía con el presupuesto general de la Universidad y conforme a los regímenes presupuestal y financiero y de planeación de la Universidad.
  •  
  • ● Evaluar los informes de gestión del Director de Sede, el Director del Instituto y el Director de la Unidad de Docencia y Formación y remitir dicha evaluación al Rector.
  •  
  • ● Darse su propio reglamento.
 

     ● Las demás que le sean asignadas en la organización académico-administrativa, en los estatutos y normas generales de la Universidad.

 

El Consejo Académico actuará como segunda instancia del Comité Académico Administrativo.

 

 

 
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