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Secretaría de Sede

Adicional a las establecidas en el Estatuto General, la Secretaría de la Sede de Presencia Nacional Tumaco de la Universidad Nacional de Colombia cumple con las siguientes funciones:

 

1. Apoyar el proceso de admisión

 

2. Coordinar el proceso de registro y matrícula

 

3. Administrar el Sistema de Información Académica

 

4. Administrar el Sistema de quejas, reclamos y sugerencias de la Sede en coordinación con la Vicerrectoría General

 

Resolución 1279 de 2017


Artículo 2
. Funciones de las dependencias adscritas a la Dirección de Sede de Presencia Nacional Tumaco:


1. Son funciones de la Secretaría de Sede:


a) Apoyar a la Dirección de la Sede en la gestión de asuntos misionales y de soporte institucional para el cumplimiento de sus funciones.


b) Definir la agenda, elaborar las actas de reunión, resoluciones y demás actos administrativos emanados del Comité Académico Administrativo y de la Dirección de la Sede.


c) Coordinar según los lineamientos de la Secretaría General los procesos de designación de los miembros elegidos o designados ante el Comité Académico Administrativo y demás cuerpos colegiados de la Sede y realizar su correspondiente acreditación.

 

Acuerdo 011 de 2005 – Estatuto General de la Universidad Nacional de Colombia


Artículo 32: 
Cada Sede tiene un Secretario que será de libre nombramiento y remoción por el respectivo Vicerrector de Sede. Para ser Secretario de Sede se requiere tener título universitario. El Secretario de Sede ejercerá, además de las funciones que se prevean en la organización académico-administrativo y en los estatutos y reglamentos de la Universidad, las siguientes:


 

1. Colaborar con el Vicerrector de Sede en la administración de la Sede y responder ante él por el cumplimiento de sus funciones.

 

2. Actuar como Secretario del Consejo de Sede.

 

3. Elaborar las actas, resoluciones y otras disposiciones del Consejo de Sede y de la Vicerrectoría de Sede.

 

4. Organizar y responder por el archivo de la Sede.

 

5. Acreditar, previo el cumplimiento de los requisitos legales o estatutarios, a los miembros elegidos o designados del Consejo de Sede y de los demás cuerpos colegiados de       la Sede, conforme a las normas y reglamentos de la Universidad.

 

6. Autorizar con su firma los documentos y certificaciones de la Sede.

 

7. Divulgar las decisiones e informaciones oficiales de las autoridades de Sede.

 

8. Coordinar con el apoyo de la Oficina de Planeación de la Sede los Claustros y la Colegiatura de Sede.

 

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